Abraham Franco Medina asistió hace tres meses a una sucursal de las casas de empeño Monte Pío del Noroeste en Tijuana, con la intención de empeñar una pulsera de oro; el monto prestado fue de 2 mil 900 pesos, pero al volver el 11 de enero a intentar retirar la alhaja, se encontró con un cobro de 4 mil 447 pesos, es decir, mil 547 pesos más por concepto de un 53 por ciento de interés.
El hombre no estuvo de acuerdo con ese porcentaje, porque el contrato que firmó estipula un 140% anual de interés, lo que va en contra de lo que para él es el verdadero objetivo de las casas de empeño: “ayudar”.
Al asistir a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) a denunciar el hecho, empleados del área de Quejas le señalaron que al firmar el contrato al momento del empeño aceptó las condiciones que Monte Pío del Noroeste determina, por lo que su queja no procedía.
Abraham aceptó que por la urgencia económica al momento de la firma no leyó la totalidad del contrato, sin embargo, presentará una demanda en un Juzgado Civil por el delito de usura.
En entrevista con ZETA, Julio Felipe García Muñoz, delegado estatal de la dependencia, hizo énfasis en que PROFECO no regula el monto de los intereses que se cobran en las casas de empeño, que es competencia del Banco de México (BANXICO).
Sin embargo, al albergar los contratos de adhesión -documentos en los que el cliente acepta con su firma los términos y condiciones del establecimiento- de las casas de empeño del Estado, es posible cotejar si el documento es el mismo que se le dio a firmar a Abraham, por lo que lo exhortó a acudir nuevamente a las oficinas de PROFECO para presentar su contrato.
Si no corresponden ambos documentos, Monte Pío del Noroeste podría ser clausurado y sancionado económicamente; no obstante, de no haber irregularidad, PROFECO no tiene margen de acción, ya que al plasmar su firma, el cliente acepta las condiciones de la compañía.
Según el funcionario, el porcentaje de interés incluido en el contrato de adhesión no está sujeto a regulación alguna y varía de acuerdo a cada transacción, por lo que no es posible establecer un rango de intereses, ni informarlo a los consumidores.
Aseguró que la jurisdicción de la autoridad redunda al determinar y sancionar la ausencia de información brindada al consumidor, posibles engaños y/o la ausencia de un contrato comercial.
Entre 2015 y 2016, más de un centenar de casas de empeño fueron clausuradas en Baja California por abusar de sus usuarios, al modificar sus contratos e incluir “cláusulas abusivas”, principalmente moratorias demasiado breves, que llegaban a ser de días u horas.
Para concluir, García Muñoz recomendó a los usuarios “leer las letras chiquitas” en los contratos, pese a la urgencia económica que pudieran llegar a sufrir y así evitar ser víctimas de algún abuso.