Adela Navarro Bello
Directora del Semanario ZETA
Quien suscribe la presente, Licenciado Alejandro Scolari Molero, en mi carácter de abogado litigante, con número de cédula profesional 1859342, asimismo Licenciado Édgar Manuel Terrazas Colmenares, en mi carácter de familiar del fallecido, ambos mexicanos mayores de edad, de manera respetuosa tenemos a bien hacer de su conocimiento tanto a usted como a la ciudadanía en general los siguientes hechos para efecto de que sean valorados.
Todos los hechos que a continuación se narran se encuentran soportados con pruebas o diversas actuaciones dentro de la Averiguación Previa número 2948/15/206/AP, por el delito de Homicidio.
Con fecha 21 de mayo de 2015, a las 12:45 am, muere en el Hospital General el joven de nombre Carlos Abraham Colmenares García, a la edad de 19 años, después de 13 días de permanecer en estado de coma, a consecuencia de las lesiones que ocasionó la de nombre Sandra Jackeline Silva Kristen, de 45 años de edad, originaria de Perú, esta última al conducir su vehículo a las 3:50 de la mañana, con aliento alcohólico, según consta el certificado médico con número 04/III/5671/15.
El joven Carlos Abraham Colmenares García, de escasos 19 años de edad, habiendo terminado su preparatoria en el Colegio de Bachilleres del Estado de Baja California, plantel Tijuana Siglo XXI, se disponía a ingresar a la Universidad Autónoma de Baja California, siendo campeón estatal de fisicoculturismo y considerado un conocido deportista dentro de esta rama, por lo que la familia sufre la pérdida de un joven extremadamente sano y con un futuro universitario.
En razón a lo anterior y a petición de la familia solicitamos la coadyuvancia ante el Ministerio Público para efecto de aportar todas las pruebas necesarias y así acreditar el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad de la inculpada Sandra Jackeline Silva Kristen.
Con fecha 9 de mayo de 2015, esto es, hace más de un año, se presentó la denuncia correspondiente ante la Agencia del Ministerio Público, la cual inició por el delito de Lesiones, mas sin embargo después se reclasificó al delito de Homicidio, por haber fallecido el ofendido, después de 13 días de estar en coma. Cabe mencionar que dicho joven no iba conduciendo el vehículo y se encontraba dormido en el asiento trasero, cuando fue impactado en un costado por la de nombre Sandra Jackeline Silva Kristen, repito, esta última con aliento alcohólico.
La inconformidad de la presente misiva es en razón de que dentro de la averiguación previa se han desahogado todas las diligencias y pruebas requeridas, para efecto de que sea turnada a un juzgado penal dicha averiguación, en la cual se encuentran tres peritajes: el primero de ellos por parte de la Policía Municipal, el segundo de ellos emitido por la Procuraduría General de Justicia del Estado, y el tercero por la Policía Federal y en todos los mencionados determinan como responsable a la de nombre Sandra Jackeline Silva Kristen; asimismo se han desarrollado un sinfín de diligencias encaminadas a acreditar la responsabilidad de la indiciada, mas sin embargo todos estos documentos y pruebas que obran en el expediente no le bastan al Ministerio Público para consignar ante un juez penal. Se puede apreciar en el expediente que tenemos más de un año que se inició la denuncia correspondiente.
La extranjera de origen peruano de nombre Sandra Jackeline Silva Kristen, presunta responsable, solo estuvo detenida un par de horas ya que la aseguradora Quálitas, S.A. de C.V. depositó una fianza, por lo que goza de su libertad hasta el día de hoy como si no hubiese cometido ningún delito.
Nos hemos presentado en diversas ocasiones ante el Ministerio Público solicitando que consignen el caso al juez competente, inclusive presentamos un escrito ante la Procuraduría manifestando que no existen diligencias pendientes por desahogarse por lo que se requiere la inmediata consignación, cosa que no ha sucedido, por lo que procederemos al juicio de amparo, hoy llamado Derechos Fundamentales por Inactividad Procesal, asimismo acudimos ante la Procuraduría de los Derechos Humanos y presentamos queja por la no consignación del expediente, sin obtener ningún resultado.
Estamos ante un caso en el cual tenemos la pérdida de un joven y aún con las evidencias que existen, la tibieza e incapacidad de la Procuraduría para procesar un delito de esta magnitud en contra de un joven ciudadano mexicano, por parte de una extranjera, por lo que solicitamos el apoyo e investigación de este prestigioso semanario para entender el por qué se niegan a consignar.
Cabe mencionar que el joven fue internado inicialmente en el Hospital General en estado de coma, por lo que solicitamos por escrito que fuese trasladado al Hospital Ángeles de Tijuana, para una atención médica por parte de un neurocirujano especializado en ese tipo de trauma, mas sin embargo se nos negó el pase médico por parte de la aseguradora Quálitas, S.A. de C.V. la cual depositó fianza ante la Procuraduría para liberar a la indiciada de nombre Sandra Jackeline Silva Kristen, misma que cuenta con un seguro para daños a terceros; se les determinó que el joven se encontraba muy delicado y que si no recibía la atención requerida podría fallecer, y desgraciadamente después de 13 días en el hospital, tratando de sacar el pase médico que nunca nos fue dado, el joven falleció.
En reunión personal que el suscrito, Lic. Alejandro Scolari Molero tuvo con directivos de la aseguradora Quálitas, S.A. de C.V. me manifestaron en forma personal y directa que harían hasta lo imposible por cambiar el peritaje, en el cual se determinaba responsable a su cliente y que no pagarían ni un solo centavo, por las lesiones ocasionadas al joven, que en ese momento se encontraba vivo, a lo que insistí, que si no era trasladado al Hospital Ángeles podría fallecer y, repito, después de 13 días así sucedió.
Una vez fallecido me comuniqué de nueva cuenta con la aseguradora Quálitas, S.A. de C.V. y me manifestaron que no pagarían por deceso, situación que no se puede lograr aunque la averiguación previa esté bien integrada ya que el Ministerio Público se niega a consignar, comprobando así, el dicho de los directivos de la aseguradora de que harían hasta lo imposible para cambiar los peritajes y hechos que obran en la averiguación previa. Aunado a esto me fue manifestado que le es más barato a la aseguradora pagar $720,000.00 pesos que marca la Ley Federal de Trabajo por defunción, que gastarse los $3,000.000.00 de pesos que cubre la póliza para gasto médico, que tienen celebrado con su cliente.
Nos encontramos ante un caso de insensibilidad social por parte de la Procuraduría, así como incapacidad para llevar a cabo una averiguación previa como lo marca la ley, de forma pronta y expedita, ya que se han tardado más de un año con la presente Averiguación Previa, en contra de quien causó el homicidio del joven Carlos Abraham Colmenares García, de 19 años y la de nombre Sandra Jackeline Silva Kristen, se pasea por las calles de Tijuana como cualquier ciudadano honesto y la Procuraduría de Justicia del Estado no interviene brillando por su ausencia.
Esta queja social se presenta a petición de la familia Colmenares, por considerar que existen deficiencias e incapacidad de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California y falta de sensibilidad social, calidad humana, ética, e irresponsabilidad por parte de la aseguradora Quálitas, S.A. de C.V.
En nombre de la familia y de su servidor, les agradecemos la difusión que le den a la presente, por considerar tales hechos como vergonzosos tanto la Procuraduría, así como la aseguradora Quálitas, S.A. de C.V.
Lic. Édgar Terrazas Colmenares
En representación de la familia
Lic. Alejandro Scolari Molero
Abogado litigante