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miércoles, octubre 16, 2024
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SCJN niega amparo a Caro Quintero

Al resolver el recurso de revisión de amparo directo, Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, confirmaron la negativa de protección solicitada por el narcotraficante Rafael Caro Quintero en contra de la sentencia de 40 años de prisión por el secuestro, homicidio e inhumación clandestina del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar. En resolución mayoritaria, de cuatro votos a favor por uno en contra, los ministros encontraron el fallo del amparo denegado apegado a derecho y a los lineamientos constitucionales, por lo que la orden de reaprehensión en contra del Caro Quintero sigue vigente para que purgue los años que falten de su condena. El voto en contrario fue emitido por el polémico ministro José Ramón Cossío, quien advirtió que lo procedente era conceder la libertad absoluta al narcotraficante sinaloense por manifiestas violaciones al debido proceso. Cossío señaló que la justicia no fue pronta y expedita para Rafael Caro, quien permaneció más de 26 años de prisión preventiva y no se cuenta con la certeza de que las pruebas que obran en su contra fueron obtenidas en forma lícita. Apenas en enero del presente año, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, con residencia en Guadalajara, negó el amparo directo a Caro y confirmó la sentencia impuesta en 2010 por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal de Jalisco. Antes el mismo tribunal, en agosto de 2013 concedió la protección constitucional al delincuente argumentando que el crimen del agente Camarena y del piloto mexicano Alfredo Zavala, en 1985, no eran competencia del fuero federal. El veredicto permitió la liberación del caro Quintero la madrugada del 9 de agosto de ese año. Tras una corrección de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se repuso el procedimiento del amparo directo y ahora fue denegado. Además, el fugitivo cuenta con una orden de detención provisional con fines de extradición internacional dictada por un juzgado federal al día siguiente de su liberación.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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