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sábado, octubre 12, 2024
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Contribuyentes indefensos ante el SAT

Ante un nuevo escenario fiscal que entró en vigor en 2015 y que atajó a los contribuyentes con nuevos impuestos, la contabilidad electrónica, un IVA en la frontera al 16 por ciento, cambios en temas aduanales que implican mayor burocracia y menor eficiencia, la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente es obsoleta. Ante tal escenario, las herramientas para que los ciudadanos se defiendan tienen poca eficiencia, poniéndolos en situación de indefensión. Cabe recordar que la enmienda en cuestión se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2005, un mes después entraría en vigor (según transitorios), con el objeto de defender los derechos y garantías básicos de los contribuyentes en sus relaciones con las autoridades fiscales, así como a los responsables solidarios. “Con la presente Reforma Fiscal se le dieron muchas atribuciones al fisco. Ahora puede embargarte más fácil, llamar a la Policía para ejercer sus medidas de apremio, fiscalizar las cuentas bancarias, ejercer revisiones electrónicas, llevar a cabo la contabilidad electrónica y además limita el término para interponer la defensa, pues antes tenías 45 días, hoy tienes 30. La balanza fue inclinada a favor del fisco federal”, advirtió a ZETA el abogado fiscalista Jorge Pickett Agregó que ante tal escenario, es imperativo un equilibrio entre las autoridades fiscales con una modificación a la Ley en cuestión, pues aunque cuando se creó, fue adecuada al momento, actualmente resulta obsoleta, al no otorgar derechos y garantías a los ciudadanos. Un ejemplo, dijo, es que si bien la legislación establece que los contribuyentes pueden corregir su situación fiscal con una declaración para dejar sin efecto la anterior, antes de que la autoridad ejerza una acción punitiva, en la actualidad la figura de la autocorrección no la contempla la autoridad fiscal. A la par, Pickett puntualizó que la enmienda de 2005 establece el derecho a ser informado por medio de la Carta de los Derechos del Contribuyente, donde se explican las formalidades a seguir por la autoridad fiscal, al hacer una revisión, así como el cumplimiento con las garantías de seguridad jurídica y de legalidad para el auditado; sin embargo, con el uso del Buzón Electrónico dicha disposición ya no se cumple.   No es obsoleta: PRODECON   En torno al tema, el delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), Iván José Curiel Villaseñor, afirmó que el término obsoleto no es aplicable a la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, ya que esta ha sido base para que el organismo ejerza sus atribuciones y lleve a cabo la defensa en favor de los contribuyentes.   “La Ley surge en 2005. En 2006 surge documentalmente esta Procuraduría, pero entró en funciones en 2011. La Ley ha sido respaldo fundamental para el ejercicio de nuestras funciones, pues así como está redactada, tiene por objeto regular derechos y garantías básicos de quienes pagamos impuestos en México. “Entiendo que no todos los derechos se encuentran en la Ley del Contribuyente, los encontramos en algunas otras normas. Eventualmente y en bloque evolutivo de reformas tributarias, seguramente irá cambiando o adecuándose a las normas o problemáticas contemporáneas”, externó Curiel, para posteriormente concretar que en coordinación con la Ley orgánica de PRODECON y de la mano de los reglamentos que regulan sus atribuciones, cuentan con más herramientas que pueden fusionar, por lo que con cuatro años de vida los resultados han sido satisfactorios en beneficio de quienes pagan impuestos.   La frontera se defiende   De acuerdo con el abogado fiscalista Jorge Alberto Pickett Corona, el Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con sede en el Distrito Federal, declaró el envío de la e-contabilidad como inconstitucional, a favor de las personas que promovieron el amparo en contra de la medida fiscal contemplada en el Artículo 28 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal y Código Fiscal de la Federación. En entrevista con ZETA, el legista declaró que el viernes 24 de julio la autoridad dio a conocer la resolución donde el amparo se ganó en primera instancia, sin embargo, resaltó que no es la resolución definitiva. El siguiente paso es el recurso de revisión por parte de la autoridad para después turnarle a un Tribunal Colegiado. Corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación dar el fallo definitivo. Cabe recordar que a nivel nacional se presentaron 11 mil 200 amparos y, según Pickett, como despacho ellos presentaron 150.   Amparo vigente   Respecto al amparo contra el IVA en la frontera, el abogado fiscalista Adolfo Solís dijo que sigue vigente, en tanto el asunto se queda en Mexicali, a la espera del recurso de revisión por parte de la autoridad. “Estamos esperando que se admita el trámite de recurso de revisión para ver quién es el juez que tendrá que tomar el caso. Estamos con la atención debida para estarlo revisando y darle seguimiento puntual”, comentó. El tema es totalmente jurídico y debe resolverse por la parte técnica, pues se sabe que la parte política no tiene eco, por lo que se debe seguir adelante en defensa de los contribuyentes de la frontera. “El Amparo Colectivo permitió a los ciudadanos ejercer la Ley, por lo que Baja California da un ejemplo al mundo de cómo se deben ejercer los derechos a través del uso de la institución y no a través del uso de la fuerza, no a través de la toma de instalaciones”, concretó.

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