El tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado admitió por dos votos a favor y uno en contra el recurso R1-011/2015 interpuesto por el alcalde Jaime Díaz Ochoa con el que admite que es el Ayuntamiento quien tiene la facultad para convocar al plebiscito sobre el transporte. Lo anterior revoca la sentencia de acto del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana para realizar el plebiscito, además de que obligaba al gobierno de Mexicali a bajar la tarifa mientras se realizaba el proceso de participación ciudadana. La magistrada ponente Elva Regina Jiménez negó que exista conflicto normativo por parte del Ayuntamiento de Mexicali, por lo que consideró válido los mecanismos de participación ciudadana. Afirmó que será el Consejo municipal de participación ciudadana y vecinal quien tiene las facultades para convocar al plebiscito. Por su parte, el magistrado Germán Leal Franco votó en contra del proyecto al considerar que el alcalde no tiene la facultad para interponer el recurso de inconformidad y por lo tanto se debía de declarar improcedente el recurso. El presidente del Tribunal, Armando Bejarano Calderas, cargó la balanza al votar a favor del recurso interpuesto por el alcalde al considerar que tiene la facultad para hacerlo. El estudiante José Ramón López afirmó que acudirán al Trife para impugnar la resolución del Tribunal Electoral. “Nos quieren ver la cara de tontos, porque (con la resolución) el Ayuntamiento va a ser juez y parte en la realización del plebiscito”, afirmó el estudiante. Criticó el hecho de que no esté instalado el Consejo quien tendría que definir el mecanismo de participación ciudadana.