Playas de Rosarito y Tijuana son los únicos municipios que no han adecuado la normatividad para otorgar facultades a los jueces de expedir órdenes de restricción en casos de violencia familiar, aunque el plazo venció desde diciembre de 2014. La instrucción para que los cinco municipios hagan lo anterior, fue girada a partir de una reforma a la Ley de Acceso a las Mujeres para la Vida Libre de Violencia, publicada el 25 de julio de 2014 en el Periódico Oficial del Estado, misma que dicta en su artículo 26: “Las órdenes de protección emergentes y las preventivas serán expedidas e implementadas por la representación social que recae en el Ministerio Público, y en su caso, por los municipios”. Con la reforma, los jueces municipales pueden otorgar dichas órdenes con carácter temporal de 72 horas, siempre que se justifique con tiempo, hora, lugar y circunstancia que la parte afectada por la violencia familiar (mujer e hijos) no puede acudir a la autoridad judicial para denunciar los hechos a tiempo. Aunque la fecha límite para que los cinco municipios adecuaran su reglamentación con estas nuevas facultades venció en diciembre de 2014, a la fecha solo Tecate, Mexicali y Ensenada han realizado y publicado los cambios. “Al día de hoy, lo hizo primero Tecate, ya publicado, en segundo lugar está el municipio de Mexicali ya publicado, luego Ensenada. Nos encontramos asesorando a regidores de Playas de Rosarito y de Tijuana, tenemos conocimiento que ya lo aprobó la comisión de equidad de género en Tijuana, pero no ha sido presentada a Cabildo”, explicó la diputada local, Rosalba López Regalado. En Mexicali, por ejemplo, se modificaron diversos artículos del Reglamento de Administración Pública y del Bando de Policía y Buen Gobierno, mientras que en Ensenada se reformó el Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicado en aquel municipio desde el año 2010. Al respecto, el regidor presidente de la comisión de Gobernación y legislación del Cabildo de Playas de Rosarito, aceptó que se ha incumplido con los tiempos señalados, pero dijo que se debe a que se está revisando que las facultades que se les den a los jueces municipales no transgredan las del Ministerio Público en los casos de Violencia Familiar. “Lo único que estamos haciendo, es buscar una manera para no crear un conflicto entre el Ministerio Público, juez calificador y Policía Municipal. Se busca que sea lo más rápido, dar rapidez a un conflicto de violencia familiar, dando la protección a la mujer e hijos”. Explicó que se buscan reformas alrededor de 8 apartados de la normatividad municipal, dentro del Reglamento de Justicia Municipal, el de Bando de Policía y del Instituto Municipal de la Mujer. “Son uno o dos del Reglamento de Justicia Municipal, le vamos a dar facultades al Juez Municipal, con el del Bando ya va a poder actuar con las facultades que se le atribuyen, y en consecuencia, se adecúa la acción que va a poder ejercitar el Instituto Municipal de la Mujer para darle un seguimiento a esa problemática, asesoraría, protocolo de seguimiento ante las diversas instituciones”. Aunque dijo que por la cercanía entre el Ministerio Público y las autoridades municipales no habrá mayor problema, se espera la aprobación de las modificaciones durante este mes. Por su parte, colaboradores de la regidora Martha Rubio, presidenta de la comisión de Equidad y Género en el Cabildo de Tijuana, informaron que ya se elaboró un punto de acuerdo sobre el tema desde febrero de 2015, no obstante, no ha sido agendado para que sea puesto a consideración de los regidores. Se trata de modificaciones hechas al Reglamento de Justicia Municipal, que habla de las atribuciones de los jueces municipales, asimismo, cambios en el Bando de Policía y Gobierno. Agregaron que el día viernes 10 de abril, se iniciarán los trabajos de coordinación con el Instituto Municipal de la Mujer, a fin de elaborar un manual o protocolo para la implementación de dichos cambios. Saúl Ramírez