Pablo Contreras, ex alcalde de Tecate y ex delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), asegura que la orden de aprehensión girada en su contra el pasado 23 de marzo está cancelada. Comenta que el martes 14 de abril se presentó al Juzgado Tercero de lo Penal amparado por la justicia federal (expediente 372/2015) contra la orden de aprehensión, y el juez determinó cancelarla. Recuerda que entre los años 2006 y 2012 se desempeñó como representante de la Junta Local Número Cinco de Conciliación y Arbitraje, y que en algún tiempo compartió esa función con la de representante del IMSS. En 2009, la Junta Número Cinco falló en contra de Lourdes Ponce Contreras (también mencionada en la orden de aprehensión) en un pleito laboral con la empresa Gasermex. La empleada se inconformó y consiguió un amparo contra la Junta. Posteriormente, la empresa busca revertir el fallo y no lo logra, sostiene Contreras. “Buscan estas personas cómo eliminar esos efectos, y se va a una revisión y encuentran que Pablo Contreras es delegado del Seguro Social, entonces ellos alegan en una revisión, pero no hay incompatibilidad porque la posición -en Conciliación y Arbitraje- era honorifica como empresario que soy”, argumenta. Posteriormente, es cuando lo denuncian por fraude procesal, al presumir la empresa que la empleada y el ex funcionario, por coincidir en apellidos, podrían ser parientes, esto en el año 2013. “Presento la declaración por escrito, llevo copia del laudo inicial donde mi voto fue contra la empleada, porque para que se dé el tipo de delito tendría que haber confabulación, tendría que haber yo declarado con falsedad para tener un beneficio indebido. Y también entrego copia de mi acta de nacimiento”, indica Contreras. Finalmente, asegura que el Ministerio Público archivó el caso, pero Gasermex solicitó una revisión en el Juzgado de Primera Instancia Penal en Tecate, de donde se consigna al Quinto de lo Penal en Tijuana, para terminar en el Juzgado Tercero, donde después de cancelarse la orden de aprehensión, el proceso continúa en la causa penal 121/2015.