Una condena de 10 años de prisión dictada en contra de los norteamericanos Erick Michael Kubek y Rhonda Marie Glick por transportar marihuana quedó firme después de que el Tribunal Colegiado en Materia Penal con residencia en Mazatlán, Sinaloa, les negó el amparo y protección de la justicia federal. La pareja promovió los juicios de amparo directo 229/2014 y 134/2014 alegando que les fue vulnerado el principio universal de presunción de inocencia y que existía duda absolutoria de su responsabilidad; sin embargo, los magistrados estimaron sus agravios como infundados e ineficaces. Kubek, de 42 años y su esposa Glick, de 50, fueron declarados responsables penalmente por delitos contra la salud en la modalidad de transporte de marihuana. Por ello, el 27 de mayo de 2014, el Juez Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa les dictó sentencia de 10 años de prisión y 100 días multa, equivalentes a la cantidad de 5 mil 670 pesos. La condena fue confirmada por el Segundo Tribunal Unitario del Décimo Segundo Circuito el 24 de julio de 2014. El matrimonio fue arrestado la madrugada del 5 de octubre de 2011 después de que la casa rodante en la que circulaban sufrió una volcadura en el kilómetro 4+300 de la carretera México-Nogales, en el tramo Los Mochis, Sinaloa-Navojoa, Sonora. Agentes federales llegaron al sitio del percance y solicitaron una ambulancia para trasladar a Erick y Rhonda, pues resultaron heridos. Durante la revisión del vehículo accidentado, los oficiales detectaron un compartimiento acondicionado en el techo del automotor en el que había ocultos 962 paquetes que contenían más de dos toneledas de marihuana. Rhonda Marie declaró que desconocían que la casa rodante tuviera droga escondida pues su marido acaba de comprar la unidad en Mazatlán en la cantidad de mil 500 dólares, mil de los cuales se los había prestado su suegro y pretendían regresar a su casa en San Diego, California. Ambos norteamericanos se encuentran presos en el Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito de Los Mochis, Sinaloa.