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martes, octubre 1, 2024
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Ordena juzgado al ayuntamiento de Ensenada permitir boda gay

El Juzgado Séptimo de Distrito ordenó al XXI Ayuntamiento de Ensenada permitir el matrimonio de una pareja del mismo sexo a la que concedió el amparo solicitado. El 31 de octubre se recibió la notificación. A través de un comunicado se informó que, con base en el artículo 144 del Código Civil del Estado de Baja California, la Oficialía 01 del Registro Civil, negó la solicitud de matrimonio a la pareja, por lo que ésta recurrió a la vía del amparo ante el Juzgado Séptimo de Distrito. El artículo 144 señala textualmente que “cualquier condición contraria a la perpetuación de la especie o a la ayuda mutua que se deben los cónyuges, se tendrá por no puesta”. En la notificación se ordena al Gobierno Municipal atender “la solicitud formulada por los quejosos (…) debiendo darle el trámite correspondiente, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos que al efecto estipula la ley, con la salvedad de que serán dos personas del mismo sexo las que contraigan nupcias; sin que sea obstáculo para ello, el contenido del artículo 144 del Código Civil del Estado de Baja California”. En el mismo documento, el juzgado advierte que de no acatar la orden se sancionará a las autoridades involucradas y se remitirá el asunto al Tribunal Colegiado de Circuito para que se siga el trámite de inejecución de sentencia que puede culminar con la separación del cargo. El secretario general del Ayuntamiento, Jesús Jaime González Agúndez, subrayó que la orden del juzgado aplica específicamente para la pareja que solicitó el amparo, ya que no se ha llevado a cabo la modificación a la legislación estatal que permita el matrimonio entre personas del mismo sexo. “Mientras la ley no cambie nosotros no estamos autorizados para hacer este tipo de trámites, al menos que se lleven como en este caso a través de un amparo y que el juzgado le ordena al Ayuntamiento dejar de aplicar el artículo 144 del Código Civil del Estado”, refirió. Por su parte, la oficial del Registro Civil, Rocío López Gorosave, mencionó que cuentan con tres días hábiles a partir de la notificación para hacer del conocimiento al juzgado que la pareja solicitante puede dar continuidad a los trámites y cumplir con los demás requisitos para casarse y obtener su acta de matrimonio.  

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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