Rodeados de patrullas y militares encapuchados, el mediodía del 29 de julio de 2010, 62 agentes de la Policía Municipal y Ministerial del Estado, en su mayoría atados de las manos con cinchos, fueron presentados en la base de la Fuerza Aérea en Tijuana como colaboradores del Cártel Arellano Félix. Los agentes policiacos habían sido detenidos un par de horas antes en los distintos espacios de las corporaciones, para ello los habían citado y desarmado con pretexto de una capacitación. A otros, militares los habían detenido en sus domicilios. En todos pesaba una orden de aprehensión girada por un juez federal. En aquel entonces, el procurador Rommel Moreno Manjarrez declaró que sostenía una colaboración cercana con la extinta Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) para entregar a diferentes agentes, incluso cercanos a su persona. Al tiempo, el impacto mediático menguó, y sus abogados documentaron que la SIEDO incurrió en irregularidades en la consignación de los 62 agentes, que muchos de los expedientes se sostenían tan solo por un testigo protegido y había irregularidades en la solicitud de aprehensión. Un juez los dejó en libertad a todos porque detectó que la misma averiguación previa ante el Juzgado Primero de Distrito en Procesos Penales en Nayarit que le negó las órdenes de aprehensión en febrero de 2010, fue usada para buscar que el Juez Segundo de Distrito en materia penal en Matamoros se las otorgara (solo cambiaron algunos números de la averiguación previa). Las órdenes de aprehensión fueron liberadas por el delito de “delincuencia organizada” el 15 de abril de 2010, y ejecutadas meses después por miembros del Ejército Mexicano. A la fecha -todos libres- ningún policía ha sido reinstalado, y gran parte de ese grupo ha presentado una denuncia-queja en Contraloría del Estado para que se ejerza alguna responsabilidad administrativa o penal contra los integrantes de la Comisión de Carrera Policial de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), encargada de su remoción y encabezada por Perla Ibarra del Socorro Ibarra Leyva, la procuradora en turno. Los entonces acusados, ahora denuncian que su remoción de la corporación se basó en el término constitucional que devengó en el auto de formal prisión. El mismo fue declarado ilegal, y por lo tanto subsecuente. Por ello, consideran que la comisión sancionadora de la PGJE actuó fuera de Ley. Y es que los abogados de los policías cesados señalan las reiteradas violaciones a los derechos de los ex agentes que, de ganar una nueva apelación, deberán recibir del Gobierno del Estado sueldos caídos e indemnizaciones por montos millonarios. “Por mí o mis clientes no hay inconveniente, que se alargue más el proceso, el problema es que cada día, cada mes que pasa, se tendrán que pagar los sueldos y las prestaciones de Ley, costo que terminará siendo pagado con los impuestos de todos”, alega Santiago Meza, abogado de algunos ministeriales. Los detenidos fueron prisioneros en Veracruz, pero su proceso penal fue llevado desde Matamoros. A los ocho días de su detención, el juez de Matamoros le pide al Juez Primero de Distrito en Veracruz hacer la declaración preparatoria, el auto de término constitucional. Y así, el juez en Veracruz dicta auto de formal prisión el 8 de agosto de 2010 para algunos, y para otros que solicitaron aplicación del término, el 11 del mismo mes. Dictada la formal prisión, comienza el proceso jurídico y, casi simultáneamente, un proceso administrativo en Baja California, para su baja definitiva de la corporación ministerial. El Segundo Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito concede el amparo directo (61/2010) en junio de 2012, sobre todo por las anomalías en el proceso. Así los ex policías obtienen su libertad, además de lograr que se declare “insubsistente dicha resolución de término constitucional (el auto de formal presión), por ser notoriamente ilegal e inconstitucional”, describe el documento. En un promedio de siete días después de quedar libres, los ex ministeriales fueron notificados de su remoción definitiva de la Procuraduría de Justicia. De removidos a suspendidos De los 16 ministeriales removidos, siete siguieron el mismo camino para defenderse: José Francisco Valencia López, Víctor Manuel Peraza Bravo, Juan Francisco Monterroso Quintero, Edgar Aguilar Morales, Rubén Escobar Sifuentes, Carlos Alberto Cabrales Ortiz y Francisco Rodríguez Pacheco. Ellos son representados por los abogados Juan Manuel Santiago Meza, Narmin Cruz Gómez y Kenny Sánchez Rebolledo. Los siete presentaron en el Pleno del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado un recurso de revisión de su suspensión definitiva, alegando que nunca fueron notificados y que jamás se les permitió su derecho a una audiencia. El tribunal concedió y ordenó a la Comisión de Carrera Policía de la PGJE reponer el procedimiento administrativo. En ese momento, los agentes cambiaron su estatus de removidos a suspendidos y, a partir de julio de 2014, la comisión notificó y citó a los elementos. Por segunda ocasión Una vez reiniciado el proceso para su baja definitiva de la corporación, a todos los ex agentes se les imputó la falta de dos requisitos de permanencia establecidos en la Ley de Seguridad Pública del Estado, “ser de notoria buena conducta” y por “estar en ejercicio de sus derechos políticos”. Ambos señalamientos -se puede leer en los expedientes de los procesos administrativos de responsabilidad- fueron iniciados en base al “término constitucional (la formal prisión) del 8 (otros el 11) de agosto del 2010 por el Juez Primero de Distrito del Estado de Veracruz”. Cada ministerial había sido señalado por un testigo protegido de actos específicos, como haber recibido un arma de células del crimen organizado, estar involucrados con carros robados, entre otras imputaciones. De hecho, para probar la falta administrativa de los elementos, la Comisión de Carrera Policial y Régimen Disciplinario de la PGJE presentó los documentos del expediente penal iniciado en 2010. Los ministeriales se defendieron presentando justamente el amparo (con fecha del 15 de mayo por el Magistrado del Segundo Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito) que los dejó en libertad, y “la inconstitucionalidad y la invalidez de todo lo actuado respecto al suscrito en el proceso penal… incluyendo el auto de término constitucional y el mandamiento judicial donde se resuelve librar orden de aprehensión”. Para la Comisión presidida por la titular de la PGJE, la defensa presentada por los elementos no modificó la intención de removerlos. Luego de su defensa, únicamente retiraron la falta de haber perdido los derechos políticos. Las quejas interpuestas contra los integrantes de la Comisión en la Contraloría del Estado refieren: “Es totalmente ilógico que ambos requisitos de permanencia fueran atribuidos con apoyo en el mismo auto de término constitucional”, y uno de ellos fue retirado del expediente, “puesto que ambos tienen el mismo origen”, concluye. Uno de los ex agente expuso en entrevista: “Nos están removiendo por el auto de término que ya se declaró insubsistente, porque presentamos la sentencia de amparo y se le dio la documental publica, donde se dice que el auto de término es inconstitucional, es ilegal, por lo que, de lo que se me está acusando, yo te estoy demostrando con esta prueba que ya no es eficaz”. Vinculados con el narcotráfico Según consta en el expediente redactado por Comisión Policial de la Procuraduría, los ex agentes “fueron personas que de manera conjunta, determinaron formar parte de una organización criminal, en forma permanente o reiterada, cuya finalidad era cometer alguna conducta ilícita y así formar parte de una organización de delincuencia, siendo el caso de la denominada ‘Cártel de Tijuana o Cártel de los hermanos Arellano Félix’”. En el mismo documento se acusa a los ministeriales de “acompañar a sicarios de dicha agrupación criminal, a realizar operáticos y levantones, además de informar de la existencia de tienditas de droga para que con otros miembros de la organización se hicieran cargo de cobrar las cuotas, así como quitar unidades policiacas del área de donde fueran a realizar alguna ejecución o secuestro, y reportar la presencia de operativos”. El ex ministerial Francisco Valencia López explica que las acusaciones que le hace la PGJE, ni siquiera estaban contenidas en las declaraciones del testigo protegido: “Se me imputan cosas que no tienen que ver conmigo y que ni siquiera se me acusó en la averiguación previa, no sé de dónde sacaron eso, pues en el expediente (administrativo) no hay otra prueba del auto de término constitucional (la formal prisión en 2010), y eso ya probamos que está sin validez”. ZETA se comunicó con la Visitaduría de la PGJE, encargada de las investigaciones y sanciones a policías ministeriales. Mediante un texto justificaron: “Para la Comisión de Carrera Policial en el ámbito administrativo, la materia del procedimiento es independiente del resultado del proceso en vía judicial, debido a que se trata de dos procesos de distinta naturaleza”. Prosigue la explicación oficial: “En tal sentido, el resultado de este procedimiento administrativo no se encuentra necesariamente vinculado al primero”. Procuradora, denunciada Los ex agentes saben que después de la sentencia de la Comisión Policial será imposible su reinstalación. Así lo establece el Artículo 123, apartado B, fracción 13 de la misma Constitución, cuando se refiere a los derechos laborales donde se dice que “los militares, marinos y miembros de los cuerpos de seguridad pública se regirán pos sus propias leyes”. La Ley General del Sistema Nacional Seguridad Pública establece que los policías “podrán ser separados de su cargo si no cumplen con los requisitos de las leyes vigentes”. En el Artículo 74 de la misma Ley, se instruye que “cualquiera que sea el juicio o medio de defensa para combatir la separación”, no procederá la reinstalación o restitución, “en su caso, solo procederá la indemnización”. Luego enfatiza: “Aunque se declare ilegal la remoción de los agentes de seguridad pública, no podrán reinstalarse”. El ex agente Rodríguez Pacheco admite: “La determinación ya está, no habrá reinstalación, tendremos que combatirlo ante las instancias correspondientes”. Por lo pronto, los abogados apelaron ante el Tribunal Administrado de lo Contencioso e interpusieron en búsqueda de que se declare ilegal la remoción y entren las indemnizaciones, que sumarían entre 2.5 y 4 millones de pesos por cada agente, aunado a sueldos caídos e indemnización de 90 días de sueldo, entre otras prestaciones. Además, se interpusieron denuncias-quejas el 24 de octubre contra Perla del Socorro Ibarra Leyva y los miembros de la Comisión de Carrera Policial en Contraloría del Estado. “Las decisiones que se están tomando en la Comisión de la PGJE son políticas no apegadas a derecho”, concluye el abogado defensor. En las copias de las actas en Contraloría, se pide citar a los miembros de dicha Comisión (Felipe de Jesús Pineda Flores, José Alfredo Martínez Andrade, Óscar González Vásquez Aragón y Adriana Vidal Quintero) para que rindan declaración y se dé vista al Agente del Ministerio Público por “la probable comisión del delito de abuso de autoridad y ejercicio indebido de la profesión y lo que resulte”.