16.3 C
Tijuana
martes, octubre 1, 2024
Publicidad

Hacienda incumple

En el transcurso de 2014, las pequeñas y medianas empresas no han tenido capacidad para cumplir con los requerimientos de Hacienda. “Hay un terrorismo fiscal verdadero de parte de la autoridad, y las declaraciones nacionales de Gutiérrez Candiani (CCE nacional) y la misma directora de PRODECON, indican que esa falta de flujo está afectando a las empresas, y por ende, a la economía, porque está pasando en todos lados”: Juan Manuel Hernández Niebla, titular del CCE Tijuana A principios de semana, en el marco de la Expo Compras del Gobierno (que promociona la proveeduría de Pequeñas y Medianas Empresas o PyMEs al gobierno), el Presidente de México, Enrique Peña Nieto, aprovechó para declarar que su administración ha brindado todo su apoyo a ese sector; sin embargo, la realidad es otra. De entrada, con su Reforma Fiscal, el llamado Gobierno de la República aumentó impuestos, no está cumpliendo con la devolución del IVA, además de que generó un Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que crea más gastos extras para micro, pequeñas y medianas empresas, obligándolas a salir de la formalidad. Encima de todo, Hacienda ahorca a contribuyentes con el embargo de cuentas. De acuerdo al economista Jorge Fonseca, la reforma está poniendo en aprietos a las PyMEs que dependen del sector de servicios, el cual “genera aproximadamente arriba del 60 por ciento de los empleos, y si a eso le agregas que la micro y la pequeña empresas generan más del 90 por ciento de los empleos en México, que no están generando, entonces eso nos dice por qué el INEGI menciona que estamos en recesión”, apuntó. En torno al tema, la ex presidenta del Colegio de Contadores Públicos, Marcia Guzmán, dijo a ZETA que instituciones como INFONAVIT, IMSS y SAT no quieren darse cuenta que no hay dinero en el mercado debido a una complicación de la economía en el presente año, lo que obliga a los empresarios a pagar primero la nómina que los impuestos. La situación se enreda aún más, ya que al no cubrir estos tributos, los organismos han emprendido el embargo de cuentas, y la cereza del pastel del embrollo, es que la autoridad hacendaria no está reembolsando en tiempo y forma los impuestos al Valor Agregado (IVA) y sobre la Renta (ISR), con lo que han asfixiado sobre todo a las PyMEs que, a diferencia de las grandes empresas, no cuentan con la solvencia suficiente para subsistir con este recurso.   Aun cuando el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está obligado a regresar en un plazo no mayor a 40 días el saldo a favor que el contribuyente tenga de ese tributo, hay casos en que dicho periodo va hasta los 200 días o de plano no se cumple, afectando así el flujo de efectivo en los negocios. Prueba de ello es que, de acuerdo a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en Baja California, de marzo de 2012 a la fecha se han registrado más de mil 800 asuntos, entre asesorías y representaciones legales. De enero a abril de 2014 contabilizan 185 quejas documentadas, cifra mayor a la del año anterior. El problema El académico Jorge Fonseca explicó que ya se había advertido que la Reforma Fiscal tendría afectaciones en el consumidor: “No es que (la gente) no compre, sino que contrae su demanda. Su presupuesto para adquirir bienes y servicios está limitado porque no aumentó 15 por ciento su ingreso, al igual que aumentó a 16 por ciento el IVA en la frontera. Eso es en el sector servicios, es por eso que estamos viendo alza en las tasas de desempleo no solo en Baja California, sino en el país, porque la afectación no viene solo por el incremento del IVA; viene de manera generalizada por la desaparición del REPECO (Régimen de Pequeños Contribuyentes) donde meten en cintura a ese rubro en un régimen general, lo cual encarece la administración de las micro, pequeñas y medianas empresas que no tienen la capacidad económica para cumplir con los requerimientos de la Reforma Fiscal; entonces muchos deciden o suspender actividad o simple y sencillamente irse al sector informal”. El consultado abundó que en el escenario económico nacional se presenta una paradoja, pues mientras la inversión extranjera sigue incrementando en el país y las reservas superan los 185 mil millones de dólares, no se genera un beneficio en la economía de la población en general. Conflicto corporativo Por si lo anterior fuera poco, según el presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) en Tijuana, Juan Manuel Hernández Niebla, la autoridad hacendaria no está regresando el IVA. “Esto es un problema sistémico, lo que quiere decir que no vamos ni para atrás, ni para adelante con el SAT en particular. Es algo que se ha estado viendo en todos los rubros, que hay un terrorismo fiscal verdadero de parte de la autoridad, y las declaraciones nacionales de Gutiérrez Candiani (CCE nacional) y la misma directora de PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente), indican que esa falta de flujo está afectando a las empresas, y por ende, a la economía, porque está pasando en todos lados”, advirtió. “Hay un golpe muy fuerte en la economía de las empresas, y estamos hablando de PyMEs, además, si llegan y te embargan una cuenta y no hacen una devolución del IVA, es dinero que vas a dejar de invertir en el negocio. A final de cuentas pega en la inversión y en el crecimiento”. Hernández compartió que un empresario le comentó que no le han sido devueltos  4 millones de pesos y, a pesar de ir a todas las instancias correspondientes, el SAT sigue con la negativa. “Al no enterar el dinero se genera un daño a la nación, pues al final de cuentas la autoridad está sujeta a multas y recargos por esa devolución, y si esos 4 millones ya se convirtieron en 15 y van a demandar, se obligará a que se haga el pago correspondiente. Toda esa parálisis que se está llevando a cabo, va a repercutir en que la autoridad se verá en problemas, porque el contribuyente tiene derecho a la devolución”, expuso el titular del CCE Tijuana. Se brincan procedimiento legal Si bien, el SAT puede embargar cuentas para hacer pago de impuestos no cubiertos, no está acatando el procedimiento legal. “Primero se debe intervenir con la negociación, pero la autoridad no está atendiendo el proceso legal del mismo código fiscal. Nos ha tocado que cuando un empresario no paga, llega una orden de embargo precautorio. La autoridad manda notificaciones y, aparentemente, cuando no lo encuentra o sabe que es una partida importante, lo hacen por estrados y siguen el procedimiento, sin que el contribuyente se dé cuenta, y cuando menos piensa, sus propiedades ya son embargables hasta que llega notificación definitiva”, expresó Marcia Guzmán, ex presidenta del Colegio de Contadores Públicos. Citó como ejemplo una pequeña y mediana empresa que tenía un crédito fiscal y que se amparó porque no le correspondía dicha acción: “La empresa presentó la negociación como garantía para el crédito fiscal, y el ejecutor, que es un abogado y quien desconoce el código fiscal, porque le tuve que decir lo que debía hacer, me dijo que aun cuando lo señalara el código, él tenía que seguir las órdenes de arriba, y dijo no ser un perito para poder tomar en cuenta que la negociación valiera el crédito que le estábamos mostrando. Seis días después, llega a entregar la notificación del embargo”. Por su parte, el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California, Guillermo Trejo Martínez, opinó que la acción de la autoridad es una extrema falta de sensibilidad, pues dicho tipo de detalles inhiben a que se formalice la empresa o al ciudadano como un contribuyente real. No cumplen con devoluciones En tanto información de PRODECON nacional confirma lo que en su momento la Cámara Nacional de Comercio (CANACO) Capítulo Tijuana divulgó respecto a la situación en materia fiscal, lo cual “tiene que ver con sistemáticas resoluciones negativas, requerimientos constantes de diversa información contable-fiscal, inicio de procedimientos de auditoria (sic) o el incumplimiento de fechas determinadas por la autoridad respecto de la solución promoción (sic) de solicitudes de devolución de IVA a favor de contribuyentes afiliados a esta Cámara”, el organismo empresarial refiere el caso de una empresa (de la cual no se dio el nombre) que en reiteradas ocasiones solicitó la devolución de IVA a favor, de los períodos de enero a diciembre de 2012 y de enero a octubre de 2013; gestiones hechas por medio del portal del SAT, cumpliendo con requerimientos documentales y de información solicitados por la “Administración General de Auditoría (sic) Fiscal Federal SAT”, sin que a la fecha se aprobara y concretara una sola autorización de devolución del Impuesto al Valor Agregado.    “Como antecedente le podemos informar que hemos recibido negativas e incumplimiento de fechas por parte de la autoridad, aun aportando la documentación que se exige, sin que a la fecha podamos lograr la devolución de ninguno de los meses solicitados. Esta situación ha perjudicado y sigue perjudicando a las empresas en la realización de sus labores comerciales”, ejemplificó CANACO.    Recomendación a autoridades fiscales El delegado estatal de la Procuraduría para la Defensa del Contribuyente, Iván José Curiel Villaseñor, declaró que en 2014 ha incrementado la inmovilización o embargo de cuentas bancarias, así como los casos de homonimia (nombres de contribuyentes iguales), la no devolución de IVA y de otros impuestos. Abundó que al momento de embargar no se permite al contribuyente llevar a cabo otro tipo de pagos como la nómina, los servicios, proveedores, créditos bancarios u obligaciones fiscales. “En las devoluciones de impuestos se exceden los plazos, no le dan certeza y seguridad jurídica al contribuyente, los dejan en indefensión. Por Ley, en un trámite de devolución de IVA son 70 días, sin embargo, hemos documentado casos en que tarda hasta 200 días promedio. Del total de quejas recibidas en la delegación, el 80 por ciento son para el SAT, el 15 por ciento para el IMSS, y el resto para INFONAVIT”, informó el representante de PRODECON. En 2012, la Procuraduría emitió 33 recomendaciones a nivel nacional, con el objetivo de revelar, trasparentar, difundir y propiciar la corrección de prácticas y actos de las autoridades fiscales federales. El organismo establece que las malas prácticas administrativas de la autoridad fiscal se traducen en retraso y aplazamiento injustificado de las devoluciones solicitadas por los contribuyentes, afectando su estabilidad y el desarrollo de sus negocios. Dichas prácticas consisten en: * Información deficiente en el portal de internet del SAT. * Requerimientos extemporáneos. * Requerimientos innecesarios y excesivos. * Requerimientos gravosos. * Motivaciones ambiguas e incorrectas. * Falta de resolución fundada y motivada. * Inicio injustificado de auditorías fiscales. Abogado fiscalista Por su parte, el abogado fiscalista Ignacio Ochoa Alldredge, comentó que a fin de hacer cumplir las obligaciones fiscales, el SAT, en caso de su inobservancia, puede utilizar diversas medidas, entre éstas el embargo, inmovilización y aseguramiento de cuentas bancarias de los contribuyentes. Dichas facultades están previstas en el Artículo 145 del Código Fiscal de la Federación. Recordó que en fechas recientes, SAT, IMSS e INFONAVIT aumentaron el uso de dichas medidas, generando incertidumbre entre los contribuyentes, pues no saben cómo reaccionar ante los citados actos de autoridad. “Si se embargan las cuentas bancarias de un contribuyente, éste puede ofrecer otra forma de garantía, aunque en la práctica la autoridad fiscal prefiere el congelamiento de la cuenta como mecanismo para desalentar la inobservancia de las normas fiscales; sin embargo, la aceptación o no de la sustitución de la garantía es facultad discrecional de la autoridad hacendaria”, dijo. Sin embargo, no cualquier embargo de cuentas decretado en el procedimiento administrativo de ejecución puede impugnarse en el amparo, únicamente el practicado bajo la modalidad conocida como “congelamiento de cuentas bancarias”, que no es propiamente un embargo al dinero depositado en la cuenta del contribuyente, sino una medida de inmovilización ordenada por las autoridades tributarias. Consiste en que los usuarios no pueden realizar movimientos en las cuentas (retiros o depósitos), lo cual les impide cumplir con sus obligaciones fiscales y disponer libremente del dinero depositado en dichas cuentas para pagos de salario, adeudos, etcétera. El también abogado en temas fiscales, Adolfo Solís, Farías apuntó que en el despacho a su cargo han recibido un promedio de 150 embargos de cuentas bancarias, pero muchos contribuyentes no denuncian, no contratan a profesionistas, o bien, se resignan a perder su dinero. Ante tal situación, el contribuyente debe estar prevenido, es decir, tratar de garantizar los adeudos fiscales antes de que se ejecute la medida. Si se enfrenta un aseguramiento con motivo de una medida de apremio, lo que debe hacer es dejar de mantenerse en una posición anti jurídica que haya dado a la medida de apremio y levantar el aseguramiento. Asimismo, desde que se incorporó el Artículo 145-A en el Código Fiscal, el 5 de enero de 2004, se opuso a la medida, pues embargar una cuenta bancaria, impide operar al contribuyente, lo cual genera informalidad. “Hoy dicho artículo se exportó al Artículo 40 fracción III y desapareció, sin embargo, se sigue paralizando a las empresas, y por tanto, impidiéndoles operar, lo que ha buscado mayores técnicas de evasión o elusión. En un sistema moderno se considera como una medida de retroceso en la cultura fiscal de los contribuyentes”, finalizó Solís. ZETA solicitó información relacionada con el tema de embargos al Servicio de Administración Tributaria a nivel nacional, pero hasta el cierre de esta edición, no hubo respuesta por parte de esa autoridad.  Quejas contra SAT enero-diciembre 2012 Actos de molestia 40 Aduanas y Comercio Exterior 42 Art. 32 D 5 Cambio Régimen Fiscal 14 Carta Inv. DIOT 4 Carta Inv. IDE 76 Carta Inv. Registro Sistema Fiscal 16 Devolución IVA 16 Devolución ISR 187 Embargo a cuentas 96 Multa 26 Negativa de Condonación, Compensación 9 Otros 163 Otros embargos 16 Reanudación de actividades 3 Los tres principales rubros que motivaron las quejas contra el Servicio de Administración Tributaria, tienen que ver con la negativa a devoluciones solicitadas de Impuesto Sobre la Renta, embargos de cuentas bancarias y cartas de invitación del IDE. Quejas contra IMSS 2012 Embargos 30 Otros 33 PAE 15 Requerimiento de cuotas 10 Multas 2 Entre las quejas contra el Instituto Mexicano del Seguro Social, destaca el embargo en cuentas bancarias y Procedimientos Administrativos de Ejecución (PAE). Quejas contra INFONAVIT Embargos 17 Multas 3 Otros 8 Requerimiento de cuotas 8 Entre las quejas recibidas contra INFONAVIT, sobresale el embargo en cuentas bancarias.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
- Publicidad -spot_img

Puede interesarte

-Publicidad -

Notas recientes

-Publicidad -

Destacadas