Zeta/Sin Embargo A partir de hoy domingo, Telmex y Telcel están obligados a eliminar el cobro de roaming nacional, desbloquear celulares, proporcionar facturas claras y facilitar la cancelación de sus servicios. El 6 de marzo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) decretó que dichas compañías, propiedad de Carlos Slim, poseen más de 50 por ciento de los mercados en donde participan (son preponderantes), por lo que están sujetas a una regulación especial que incentive la competencia y mejores condiciones para los consumidores. Telcel queda impedido para cargar a sus suscriptores conceptos como el Servicio de Usuario Visitante o Itinerancia (roaming). El corporativo tiene más de 70 millones de suscriptores a nivel nacional, y está obligada a desbloquear los equipos terminales, sin costo alguno, salvo que tengan reporte de robo. En el caso de los clientes pospago, la telefónica deberá desbloquear una vez vencido el plazo contratado, cuando se haya cumplido la penalización correspondiente en caso de terminación contractual anticipada o al momento de la adquisición del equipo correspondiente si ha sido pagado en su totalidad. El desbloqueo podrá hacerse a elección del cliente, bien en el centro de atención o entregando la clave de desbloqueo mediante el envío de un SMS o de manera remota cuando sea técnicamente factible, los clientes prepago deberán recibir equipos terminales ya liberados. Asimismo, la telefónica deberá enviar a sus clientes de prepago un mensaje de texto gratuito cada vez que hagan una recarga de saldo, incorporando información básica de las tarifas, así como la dirección electrónica y el número telefónico en los cuales podrán consultar la información de las precios en sus servicios. Por otro lado, las facturas deberán incluir el desglose de los conceptos y tarifas aplicadas y abstenerse de facturar servicios no contemplados en el contrato, sin el consentimiento del usuario. Para el caso de Telmex, el IFETEL determinó que a partir de hoy domingo, deberá poner a disposición de sus suscriptores las mismas facilidades para la cancelación de los servicios que pone para la contratación de los mismos. Al cancelar la empresa debe suspender el servicio y evitar aplicar nuevos cargos, pero podrá cobrar cualquier adeudo que se tenga. La venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones no podrá ser una causa por la cual el suscriptor no pueda cancelar los servicios de telecomunicaciones contratados.