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miércoles, octubre 2, 2024
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Fusionan sección comercial y auxiliar de la Policía Municipal

La Secretaría de Seguridad Pública Municipal, informó que a partir de este jueves 6 de marzo, se fusionan la Sección Comercial y Auxiliar de la Dirección General de Policía y Tránsito, la cual ahora la primera llevará por nombre Servicio de Protección Comercial, mientras que la segunda se denominará Servicio de Vigilancia Auxiliar. El titular de Seguridad Pública Municipal (SSPM), Alejandro Lares Valladares, dijo que el cambio establece a una mención que se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 6 de Diciembre de 2013. Aclaró que cada una de las áreas tendrá un responsable y como coordinador fungirá José Antonio Oviedo Martínez, quien desde el inicio de la actual administración se desempeñaba como director de la Policía Comercial. Abundó que “los servicios auxiliares de la Secretaría se compondrán por los Servicios de Protección Comercial y de Vigilancia Auxiliar; a los primeros se les denominará Agentes y a los segundos, Guardias”. Señaló que en base al artículo 67 señala que “Los Servicios Auxiliares se encargarán de la prestación de servicios a instituciones públicas y privadas, así como a ciudadanos en lo particular. Las modalidades de los servicios proporcionados son: I. En el interior y exterior de edificios públicos o privados, inmuebles industriales, instituciones bancarias, comerciales, tiendas de departamentos y otros de semejantes características. II. De custodia de bienes y valores en tránsito. III. De guardia y seguridad personal. IV. Vigilar y cuidar parques, jardines, estacionamientos, lugares públicos, zonas habitacionales, etcétera, y V. Proporcionar vigilancia en eventos públicos o privados. Establece el artículo 68 que “Por la prestación de los Servicios Auxiliares se cubrirán los derechos correspondientes, cuyo monto será determinado en las disposiciones aplicables”. Y el artículo 69: “Los ingresos que perciba el Ayuntamiento por dichos servicios serán destinados exclusivamente a la administración, adquisición, conservación, mantenimiento de armamento, equipo, vehículos y demás de naturaleza similar, necesarios para la adecuada y eficaz prestación de los Servicios Auxiliares”. En tanto el artículo 70 ordena que “Las Secretarías de Seguridad Pública y de Administración y Finanzas y la Contraloría Interna, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán sistemas y mecanismos administrativos, presupuestarios y de control, para que los ingresos se destinen con transparencia a los fines establecidos en el artículo anterior”.  

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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