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domingo, septiembre 22, 2024
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Amparo de “Don Neto” a Jalisco

Rechazan ministros de la Primera Sala de la SCJN ejercer la facultad de atracción para conocer del asunto.   El amparo directo interpuesto en contra de la sentencia de 40 años de prisión al narcotraficante Ernesto Rafael Fonseca Carrillo por el homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, tendrá que resolverla el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Jalisco y no la Suprema Corte de la Nación. Así lo determinó este miércoles, por mayoría de votos, la Primera Sala del máximo órgano de justicia en el país al rechazar la facultad de atracción promovido por la Procuraduría General de la República en un intento de garantizar un fallo más apegado a derecho y no correr riesgos con el mismo tribunal que liberó a Rafael Caro Quintero en agosto pasado. Cuatro de los ministros estimaron que no es necesario ejercer la facultad de atracción para entrar al conocimiento del amparo directo interpuesto por la defensa del legendario capo, pues los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Guadalajara cuentan con las herramientas legales y precedentes suficientes para resolverlo. Votó en contra del fallo el ministro José Ramón Cossío Díaz. De esta forma, el expediente del amparo directo 101/2013 y las constancias que integran el voluminoso expediente serán devueltos al tribunal referido para que los magistrados Rosalía Isabel Moreno, José Félix Dávalos Dávalos y Lucio Lira Martínez estudien los agravios de las partes y resuelvan sobre las presuntas violaciones de derechos fundamentales que ahí se argumentan. Ernesto Rafael Fonseca Carrillo fue sentenciado a la pena de 40 años de prisión en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales de la ciudad de Guadalajara en 2009, condena que fue confirmada por el Segundo Tribunal Unitario en 2011. El sinaloense es responsable de los delitos de homicidio calificado y plagio o secuestro cometidos en agravio del agente antidrogas Enrique Camarena y del piloto aviador mexicano Alfredo Zavala Avelar, así como trasgresiones contra la salud en diferentes modalidades y asociación delictuosa.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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