Luis Carlos Sáinz El mismo día que se dictó la resolución judicial que favoreció la libertad del narcotraficante Rafael Caro Quintero, sus defensores promovieron un juicio de amparo en contra de un posible traslado a un reclusorio diferente al preventivo de Guadalajara. La demanda de garantías fue radicada en el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal de Jalisco bajo el número de expediente 1590/2013. El escrito fue presentado en la oficialía de partes común el 7 de agosto, turnado al juzgado cuarto el jueves 8 y admitido al día siguiente, misma fecha en que el capo fue excarcelado por órdenes de un tribunal federal. Caro Quintero señaló como acto reclamado “la orden de traslado girada en contra del quejoso” y señaló como autoridades responsables al Director del Centro Federal de Readaptación Social número 2 “Occidente” y otras autoridades. El Juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal de Jalisco concedió la suspensión provisional que solicitó el entonces reo, por lo que de haberle cumplimentado una orden de detención provisional con fines de extradición o cualquier otro mandato judicial, tenía asegurada su permanencia en el Reclusorio Preventivo de mediana seguridad en Puente Grande y no ser remitido a un CEFERESO de máxima seguridad.