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jueves, septiembre 19, 2024
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La aportación económica de la esposa al hogar cuando no trabaja

En algunas ocasiones atiendo o me consultan señoras casadas que están pasando conflictos con sus esposos y que ya les resulta insoportable seguir viviendo juntos, que desean separarse y/o divorciarse, para lo cual les pregunto inicialmente que si ya fueron con algún especialista para que les ayude a resolver su problema y no se divorcien o si no, tener en su caso un Buen Divorcio, contestándome que no, ya que la mayoría no cuenta con recursos para buscar alguna consulta puesto que no trabajan y sus maridos no pretenden ir con nadie para que les diga que tienen que hacer, que ellos solos pueden resolver sus problemas pero la verdad ni los resuelven y crecen los mismos, ya que de llegar a divorciarse el principal perjuicio que tendrían es el económico, lo cual es cierto y no quieren dejar la comodidad del hogar importándoles poco lo que sufra su mujer y/o sus hijos. Tomar la decisión de divorciarse sin haber consultado a algún profesional como el suscrito, es aventurarse a salir más lastimados durante y después del proceso de divorcio, ya que por experiencia cuando así lo hacen las consecuencias son posteriores. Pero aunado a ello, como siempre lo he dicho, hay un gran número de abogados que lo que les importa es el negocio del divorcio y no ahondar más en las consecuencias que podrían presentarse y junto con el promovente (en el caso de los hombres) buscar que el abogado en cuestión no sepa o no decirle lo que tiene en bienes materiales para a la hora de elaborar el convenio judicial en caso de divorcios voluntarios no verse afectados económicamente. Aducen a sus esposas en el caso de que no trabajen, que como ellos con su trabajo aportaron todo lo que tienen, ellas no tienen derecho a nada al estar casados por separación de bienes y con ello automáticamente no tienen derecho más a lo que esté a su nombre, obviamente que el hombre se escuda en esto a pesar de todo lo que aporta con su trabajo del hogar a obtenerlo. Aparte de algunos comentarios y respuestas que les doy les digo que no se preocupen, que no todo es así, que sus derechos no están limitados tal y como le dicen, y que en caso de confrontación y ellos les refrieguen en la cara esa situación y el consabido “hazle como quieras” todavía hay mucho que hacer, en primer lugar hay que decirles a sus mariditos que así como obtienen sus ingresos y el costo para obtenerlo es su propio trabajo, así es en el matrimonio cuando la mujer no trabaja fuera de casa pero que trabaja más al hacerlo en casa. Ya he platicado aquí el caso del hombre que le pidió a Dios ser la mujer de la casa y su esposa el hombre y que saliera a trabajar en lugar de él y arrepentirse casi de inmediato. El caso es que el trabajo de la mujer sí está considerado en la ley y tiene derecho hasta el 50% de todos aquellos bienes que se han ido obteniendo a través de los años aun cuando no estén casados por separación de bienes y los haya comprado el marido. Existe mucha jurisprudencia al respecto pero nuestro código también lo establece al decir: que aparte del 50% a que tiene derecho por matrimonio en sociedad conyugal, lo tiene en separación de bienes cuando la esposa se haya dedicado al desempeño del trabajo del hogar y en su caso al cuidado de los niños, y también en que la esposa no haya adquirido bienes propios o aun así, sean notoriamente menores a los de su todavía esposo. Qué les parece; pero hay algo más: la ley dice que ese 50% podrá ser demandado como indemnización, lo que quiere decir que del valor de los bienes si no los quiere proporcionar dicho porcentaje puede ser en dinero.            Como siempre agradezco a mis dos que tres lectores por sus comentarios y consultas al teléfono 684-9647 y si es fuera de Tijuana agréguenle la lada 664, o al e-mail: bautista46@hotmail.com   El Licenciado Roberto Bautista ejerce su profesión en Tijuana, B.C.                    

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