Una mujer, familiar del narcotraficante Miguel Ángel Félix Gallardo, obtuvo un amparo en un tribunal federal del estado de Jalisco para que la Procuraduría General de la República le devuelva una residencia asegurada tras la detención del ex líder del Cártel de Guadalajara en abril de 1989. El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito confirmó –en revisión- el amparo y protección de la justicia de la unión que en octubre del año pasado concedió el Juez Sexto de Distrito especializado en la materia a la señora Alicia Félix Salas. La quejosa reclamó desde finales de 2013 la restitución del inmueble localizado en la calle Paseo de los Parques, entre las calles Paseo del Acantilado y Paseo de las Colinas, en el fraccionamiento Colinas de San Javier, sobre el que pesaba una orden de aseguramiento por parte del Ministerio Público de la Federación. La residencia en cuestión formaba parte de una serie de bienes asegurados en diversas entidades al capo Miguel Félix y otras personas, dentro de la averiguación previa 1379/SC/89, sin embargo el fiscal nunca puso dicho inmueble a disposición de un juez y durante casi 25 años no se resolvió su decomiso definitivo. En la indagatoria del caso, seguida por delitos contra la salud, el agente del MPF determinó el 16 de mayo de 1989 imponer la medida cautelar sobre la finca, justificando el aseguramiento con la declaración ministerial de Félix Gallardo, quien manifestó que “con el dinero obtenido del producto de las actividades ilícitas del narcotráfico, adquirió bienes muebles e inmuebles, valores, depósitos, inversiones y otros, con el propósito de incrementar su fortuna”. La representación social agregó que existía “el temor fundado de que los bienes adquiridos por el indiciado de referencia, los desaparezca u oculte por interpósitas personas, con la finalidad de seguir realizando actividades ilícitas relativas a la compra venta de drogas”. El Juez Sexto de Amparo Penal de Jalisco estimó que si bien el Ministerio Público Federal tiene esa facultad de investigar, tener abierta una averiguación previa y asegurar diversos bienes, lo cierto es que esa medida no puede ser indefinida y 25 años son suficientes para haber determinado lo que correspondiera, además de que actualmente el fiscal no cuenta con las constancias de la indagatoria pues las consignó hace otros tantos años. Al ser concedido el amparo, el fiscal adscrito al juzgado protector interpuso el recurso de revisión, sin embargo sus agravios fueron desestimados por infundados e inoperantes. Confirmándose así el fallo: Se ordena la devolución física y material del inmueble señalado a la quejosa Félix Salas. Otros bienes afectos a la misma averiguación han sido devueltos en años anteriores en los estados de Jalisco, Sinaloa y Veracruz a familiares o testaferros del “Padrino” Félix Gallardo. En el presente caso se desconoce la situación actual del inmueble, sí éste está ocupado, si fue vendido o las circunstancias del mismo, a las que la Procuraduría General de la República tendrá que responder. Sí no es con la propia finca, tendrá que darse cumplimiento sustituto a la sentencia con una indemnización por el valor comercial actual de la residencia.