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domingo, febrero 18, 2024
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Tiempos de barbarie, castigar al inocente: nulidad de la presunción de inocencia (Tercera parte)

“Los juicios que hacemos de los demás, dicen bien quiénes somos nosotros”.

Arturo Graf


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Más de 650 médicos marcharon del monumento al Ángel de la Independencia hasta el Zócalo, en la Ciudad de México, exigiendo un proceso judicial justo y la libertad del Traumatólogo Pediatra, Luis Alberto Pérez Méndez, detenido y acusado por el delito de Homicidio Doloso “Eventual”.

Durante el proceso se recibieron las declaraciones de los doctores Vanny Bettel Morales Juárez, Gerardo de Jesús García Mendoza y Juan Andrés Paredes Moreno, que se encontraban en guardia en el Hospital San Lucas; motivo por el cual, recibieron y atendieron al menor fallecido y refieren el tratamiento otorgado. En el expediente obra igualmente la foja de consentimiento informado, firmado por los padres del menor y por los médicos que atendieron directamente al paciente. Destaca que se otorga el consentimiento para el procedimiento anestésico, igual aparece en el expediente, el historial clínico del menor de edad.


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El imputado, Dr. Luis Alberto Pérez Méndez, acreditó con cédula profesional, su especialidad en Ortopedia y Traumatología. Dictámenes de la Dirección de Servicios Periciales de la PGJE; y la cédula profesional de la Dra. Gabriela Cruz López, quien acreditó plenamente tener la especialidad de Médico Anestesiólogo. Como oportunamente lo mencionamos el día 26 de noviembre de 2017, siendo las 17:00 horas con 20 minutos, ingresa al hospital el menor con diagnóstico de fractura de codo izquierdo, y a las 22:00 horas ingresa al quirófano para ser intervenido quirúrgicamente. La cirugía dura aproximadamente dos horas, pero hasta las 3:00 horas con 45 minutos de la mañana, del día 27 de noviembre de 2017, los médicos intervinientes les informaron a los padres del menor que el niño no regresaba de la anestesia y que se encontraba grave.

Posteriormente, se realiza el traslado del niño al Hospital San Lucas, en donde fue recibido con un diagnóstico de taquicardia supra ventricular, donde se le brindó atención médica de reanimación por tres paros cardíacos hasta que se declaró muerto por paro cardiorrespiratorio, edema cerebral producido por dosis de alta lidocaína con bronco aspiración en el transoperatorio; hecho por el cual empiezan las diligencias de investigación. El Ministerio Público acreditar la conducta de negligencia, impericia, omisión, o falta de cuidado de los médicos responsables del manejo del menor.

La Fiscalía trata igualmente de vincular la responsabilidad penal de los médicos con el solo hecho de que estos pudieron haber evitado el resultado de la muerte del menor al no esperar el tiempo suficiente para intervenirlo quirúrgicamente, ya que el menor había tenido la ingesta de diversos alimentos, no esperando el ayuno y con esto, evitar que se bronco aspirara. Legalmente, el Ministerio Público tenía que haber demostrado el despliegue de una conducta con negligencia y con falta de cuidado para robustecer el hecho de que los profesionistas médicos pudieran prever una eventualidad, como la que aconteció, y además el hecho de que la clínica no contaba con una Unidad de Terapia Intensiva.

Ante la grave presión mediática, desatada por los medios de comunicación, la Procuraduría de Justicia comete con gran torpeza de imputarle al médico, el Delito de Homicidio con la agravante de “responsabilidad médica a título de dolo eventual”; y por lo tanto, de acuerdo al numeral 167, tercer párrafo del Código Nacional de Procedimientos Penales, ubica a este delito como aquellos que tienen la prisión preventiva oficiosa con el cual, se inicia un proceso gravemente injusto que daña al médico porque pierde su libertad personal, se le decreta la prisión preventiva oficiosa, y en el cual, equipara al acto médico como un acto delictivo.

¿No hubiese sido más sensato, inteligente y justo para el Fiscal General de Oaxaca, imputar como correspondía, el Homicidio Culposo, aunque se solicitaran medidas cautelares severas, pero no injustas y lesivas como las que sufrió y tuvo que padecer este médico?

 

Benigno Licea González, ex Presidente del Colegio de Abogados Emilio Rabasa, A. C., y candidato a Doctor en Derecho Penal y Derecho Constitucional. Correo: liceagb@yahoo.com.mx

 

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Autor(a)

Redacción Zeta
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Redacción de www.zetatijuana.com
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