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martes, febrero 20, 2024
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Por segunda vez, falla juez a favor de exestudiante que pide prórroga a UABC

El Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparos y Juicios Federales determinó que el Tribunal Universitario de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) violó los derechos de Daniel Alcaraz Félix -quien fue dado de baja por exceder el tiempo para cursar el programa de la licenciatura-, con la sentencia del juicio de nulidad sobre la negación de la prórroga para reinscribirse a la carrera en Derecho del Campus Tijuana.

El pasado 31 de mayo, el juez Alfonso Javier Flores Padilla emitió sentencia del juicio de amparo 1354/2016, en la que determinó otorgarle el amparo y protección de la justicia federal a Alcaraz Félix, y ordenó por segunda vez a la UABC, reponer el procedimiento del juicio de nulidad interpuesto por éste ante el Tribunal Universitario para reclamar su derecho a reincorporarse al programa académico.


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El juez determinó que en el juicio de nulidad 015/16/TJ/TU, el Tribunal omitió valorar una serie de pruebas documentales presentadas por el exestudiante de Derecho y director de la Asociación Cimarrones en Defensa, y emitió una sentencia sin considerar el contenido de éstas.

Según los antecedentes del caso, el 11 de agosto de 2017, la autoridad universitaria determinó infundados los motivos de inconformidad de Alcaraz Félix con el argumento de que no había aportado los elementos de prueba suficiente para acreditar los hechos de su demanda de nulidad.

Sin embargo, el análisis de la determinación por parte del Juzgado Tercero de Distrito arrojó que el joven presentó documentales que, aunque fueron enunciados en el escrito inicial de demanda de nulidad, el Tribunal Universitario las desestimó sin pronunciarse sobre su contenido y valor probatorio, y sin emitir razones ni motivos por las que las desacreditó.


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Para el juez, estas circunstancias efectivamente vulneran los derechos fundamentales de Alcaraz Feliz, previstos en el Artículo 16 de la Constitución, el cual señala: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”, por lo que determinó fallar a su favor.

Por lo tanto, la concesión del amparo deja insubsistente la sentencia del Tribunal Universitario del 11 de agosto de 2017, del juicio de nulidad 015/16/TIJ/TU, y obliga a aquél a emitir otra en la que analice los medios de prueba allegados por el exestudiante, los valore en su calidad probatoria y resuelva lo que en derecho corresponda.
Ante el fallo del juez, la Universidad solo respondió que Daniel Alcaraz Félix está dado de baja ante Servicios Estudiantiles y Gestión Escolar y que la institución no dará más comentarios al respecto.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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