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martes, febrero 20, 2024
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Proponen reformar Código Penal de BC para penalizar operación irregular del transporte público

Reformar el Código Penal de Baja California, para penalizar la operación irregular del servicio de transporte público, en cualquiera de sus modalidades, así como a los servidores públicos que intervengan en la comisión de ese delito al otorgar concesiones o permisos fuera de la Ley, es la iniciativa que promueve para presentarla ante el pleno del Congreso del Estado la diputada Mónica Hernández Álvarez.

A petición de un grupo de empresas concesionarias de transporte, principalmente de la modalidad de taxi libre y taxi de ruta, la legisladora retomó la reforma que adicionó el artículo 250 TER, al Código estatal, la cual fue aprobada a finales de la XIX legislatura de Baja California y que el XX Congreso del Estado derogó 3 meses después, al inicio de su periodo legislativo, a petición del entonces diputado Gregorio Barreto Luna.


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De aprobarse nuevamente la reforma, se estaría atacando de lleno la problemática de la circulación de cuando menos 900 taxis amparados que actualmente circulan en Tijuana y que interpusieron juicios ante el Tribunal de lo Contenciosos Administrativo para no ser sancionados por el municipio, así como de un número no determinado de unidades que operan con copia de esos mismos amparos, señaló el regidor Arnulfo Guerrero.

Al sesionar este lunes 5 de marzo la Comisión de Vialidad y Transporte que preside Guerrero, la diputada Mónica Hernández se apersonó a cabildear la reforma que estará subiendo al pleno del Congreso el próximo jueves 8 de noviembre, en donde anunció que, de aprobarse a iniciativa, quienes sean detectados operando una unidad irregular serán sujetos a las siguientes sanciones:

De 1 a 3 años de prisión y una multa de hasta 100 veces el equivalente a la Unidad de Medida Administrativa –UMA-, a quienes operen una unidad clonada o con un permiso irregular, punto en el que, a decir de la legisladora, se impondrán candados para que la sanción no se enfoque solo al chofer, quienes por los regular son ajenos al delito, sino a quienes son los titulares de esos permisos irregulares.


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En el tema de sanciones a funcionarios públicos que incurran en solapar este tipo de delito, la pena que se solicitará es de 2 a 5 años de prisión y una multa de 300 a 500 UMAS, “toda vez que los funcionarios tienen una mayor responsabilidad al serle concedida la confianza de llevar a cabo esa tarea”, subrayó.

De aprobarse la reforma y turnarse a comisión para su adecuación, periodo que podría llevar hasta 6 meses, tiempo que se aprovechará para integrar adendas a la modificación, en las que se podría incluir la regulación por Ley del servicio de taxi tipo UBER que opera a través de plataformas digitales.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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