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martes, febrero 20, 2024
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Intercampañas; la calma relativa

Con todo y que después de las precampañas inició un periodo de calma en el que precandidatos y candidatos a cargos de elección popular no podrán proyectarse públicamente; los partidos políticos seguirán ocupando espacios publicitarios en radio y televisión con 2 mil 505 promocionales, según dio a conocer el Instituto Nacional Electoral (INE).

El contenido promocional deberá ser exclusivamente institucional. En ese sentido, quedó prohibido “promover el voto o alguna precandidatura o candidatura”.


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De acuerdo con el consejero electoral, Benito Nacif, la figura de coaliciones no aplica durante la fase de intercampañas, comprendida entre el 12 de febrero y el 29 de marzo, “cada partido administra sus tiempos, sus reservas de contenidos y todo el material es genérico”, enfatizó el presidente del Comité de Radio y Televisión.

Las pautas en cuestión son exclusivas para el periodo de intercampañas, a decir del director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, Patricio Ballados Villagómez.

Durante las campañas, las cuales inician el 30 de marzo y finalizan el 27 de junio, de nueva cuenta entrarán en juego las coaliciones. En términos propagandísticos, éstas manejarán los tiempos en radio y TV de partidos aliados. Según indicó Nacif Hernández, en caso de no contarse con material alusivo a la coalición, “la autoridad” habrá de permitir que un partido integrado a determinada fórmula, difunda contenidos en nombre de ésta.


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No todo será publicidad institucional durante esta fase contemplada en el proceso electoral federal 2017-2018. Finalmente, los precandidatos que resulten seleccionados como contendientes definitivos, de cara a las elecciones del 1 de julio, estarán en actividad formal, pues deberán registrarse en calidad de candidatos a partir del 11 de marzo, con plazo hasta el 18 del mismo mes; conforme al Acuerdo INE/CG508/2017, aprobado por el Consejo General del organismo público.

Con todo y que los pretensos están impedidos de aparecer en spots, el órgano electoral “dará amplia difusión a la apertura del registro de las candidaturas”; ello con base en el artículo 237 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Las postulaciones para presidencia de la República, así como para senadurías y diputaciones por el principio de representación proporcional, deberán registrarse ante el Consejo General.

Tratándose de senadurías por mayoría relativa, el registro habrá de realizarse ante los consejos locales, aunque “de manera supletoria”, igualmente procederá ante el Consejo General. En el caso de las diputaciones por el mismo principio, las instancias correspondientes son los consejos distritales y (supletoriamente) el general.

Los precandidatos inscritos al proceso electoral federal en curso son José Antonio Meade (PRI), Andrés Manuel López Obrador (Morena) y Ricardo Anaya Cortés (PAN).

En calidad de virtuales candidatos independientes, cuya figura se estrena este 2018 en rubro de Presidencia, figuran  Jaime Rodríguez, Armando Ríos y Margarita Zavala.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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