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domingo, febrero 25, 2024
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Alertan a contribuyentes por llegada de Revisión Electrónica

Por la llegada de un nuevo esquema de fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a partir del mes de septiembre, Oscar de la Torre, director del despacho especializado en derecho fiscal TLC Asociados, mencionó que los contribuyentes susceptibles deben estar alerta y tener capacidad de reacción, para hacer valer sus derechos.

El directivo se refiere a las Revisiones Electrónicas, mismas que luego de ser alegadas en tribunales, fueron declaradas como constitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ) en julio de este año.


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Ante esta nueva modalidad de fiscalización, los contribuyentes a los que se les aplicará, deben allegarse de personal capacitado o de consultores externos que apoyen en una pronta y eficiente respuesta al SAT, dijo el directivo.

Desde la reforma el Código Fiscal de la Federación en el año 2014, es atribución del Servicio de Administración Tributaria, a través de diversas administraciones generales, el realizar las Revisiones Electrónicas, definidas como un examen sobre la documentación sobre diversas contribuciones, para verificar el cumplimiento de las obligaciones que conllevan, y descartar omisiones.

Para las empresas es importante entender los procedimientos, sobre todo por los antecedentes existentes con las visitas domiciliarias del SAT, de donde según la propia autoridad, 9 de cada 10 contribuyentes tienen irregularidades, relacionados más con falta de diligencia para seguirles que por omisiones fiscales.


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Al no ser esta de forma presencial como las visitas domiciliarias o revisiones de gabinete, se vuelve fundamental para los contribuyentes la asimilación y utilización del Buzón Tributario, a donde llegarán las notificaciones del SAT.

Cuando  la autoridad informe por la vía mencionada sobre la Resolución Provisional derivada de la observación al contribuyente, se acompañará de un Oficio de Preliquidación en caso de detecte posibles omisiones.

De ahí, los sujetos auditados tendrán 15 días hábiles para contestar la resolución con pruebas para solventar las irregularidades. De no hacerlo así, la resolución se vuelve definitiva y se abre un procedimiento administrativo.

Si los contribuyentes responden las observaciones de la Resolución Provisional, el SAT tendrá un plazo de 40 días para emitir una resolución final.

Lo mencionado es facultad de las administraciones generales de Auditoría Fiscal Federal, de Auditoría de Comercio Exterior, de Grandes Empresas y de Hidrocarburos.

Octavio de la Torre, recomendó: tener la capacidad de reacción a las notificaciones, asignar personal adecuado para revisar el buzón tributario, buscar estrategias legales para mostrar oposición y cerciorar con consultores adecuados.

Mencionó que el SAT se ha comportado responsable con la comunicación que ha hecho sobre este esquema.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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