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domingo, febrero 25, 2024
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Precisa INE

Adela Navarro Bello Directora General Semanario ZETA   Al tiempo que le hago llegar un respetuoso saludo, derivado de la nota que aparece en las páginas 32 y 33 de la sección A, del ejemplar número 2111, correspondiente a la semana del 12 al 18 de septiembre de 2014, en relación con lo dispuesto en el artículo Sexto Constitucional y en beneficio de la información que reciben sus lectores, le solicito de la manera más atenta publicar en el semanario que Usted dignamente dirige, la siguiente aclaración: La reciente reforma Política-Electoral representa una transformación sustancial del sistema electoral mexicano, pues modifica las atribuciones, naturaleza y alcance de la autoridad electoral federal; asimismo, establece nuevas formas de interacción y coordinación entre ésta y el resto de las instancias y entes involucrados. En ese contexto, una de las nuevas facultades con las que cuenta el Instituto Nacional Electoral (INE) es coadyuvar a la organización de la elección de los dirigentes de los partidos políticos, siempre y cuando éstos así lo soliciten en los términos que establece la Ley aplicable. En tal virtud, derivado de la solicitud formal que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) entregó al INE para coadyuvar en la organización de la elección nacional de los integrantes del Consejo Nacional, Consejos Estatales y Municipales, y Congreso Nacional, mediante voto directo y secreto de todos sus afiliados; y con el objeto de delimitar claramente las responsabilidades del Instituto en el proceso que nos ocupa, el 7 de julio se firmó el Convenio de Colaboración entre el INE y el PRD. En dicho instrumento, se establecieron las reglas, los procedimientos, los plazos, los mecanismos de coordinación, atribuciones  y obligaciones del Instituto, y, por supuesto, del partido en cuestión. En esa tesitura, cabe destacar las actividades inherentes al INE: * Verificación de la lista de afiliados (mayores y menores de edad). * Registro de las planillas municipales, estatales y nacionales. * Selección de  los coordinadores e instructores electorales. * Capacitación e integración de las mesas receptoras de votación. * Definir el número de casillas y su ubicación. * Elaboración de la documentación y los materiales que se utilizaron el día de la jornada electoral. * La realización de los cómputos distritales, estatales y nacionales. Como lo menciona el articulista en otra de sus contribuciones en el número de la revista señalado, “Los números son fríos”, y son los siguientes: En este inédito ejercicio democrático, el Instituto aprobó un padrón de afiliados confiable, de un total de 4 millones 437 mil 447 afiliados a nivel nacional. Además, de una lista de 96 mil 146 afiliados menores de edad. Dicho instrumento fue la base cierta para la realización de esas elecciones. Paralelamente, llevó a cabo la insaculación y capacitación de 41 mil 345 ciudadanos para integrar 8 mil 269 mesas receptoras de votación. Se registraron 89 mil 348 candidatos a nivel nacional, estatal y municipal. Participaron 370 planillas estatales y 3 mil 244 municipales. En el caso de Baja California se capacitaron 325 ciudadanos que integraron las 65 mesas receptoras de votación entre funcionarios propietarios y suplentes. Se registraron 29 planillas municipales y 13 planillas estatales. El día de la jornada electoral, se instaló un total de 8 mil 265 casillas, que representan 99.95 por ciento. Sólo dejaron de instalarse cuatro casillas (en Baja California se instalaron todas), lo que representa 0.05 por ciento del total. El mismo día de la jornada electoral, a partir de las 20:00 horas se comenzó a proporcionar los datos preliminares de la elección, logrando la mayor transparencia en los resultados que se iban obteniendo en cada una de las 300 juntas distritales ejecutivas de todo el país. Todo aquel interesado en consultar dichos datos, pudo hacerlo a través de internet. Durante el periodo transcurrido entre el 10 y 15 de septiembre, las juntas locales y distritales del país llevaron a cabo los cómputos municipales y estatales de las elecciones. El próximo 19 de septiembre se concluirá con el cómputo nacional y los resultados se entregarán al partido político para que éste lleve a cabo la asignación de espacios en cada uno de los consejos en contienda. Quien se tome la molestia de leer el Convenio de colaboración, mismo que es un documento público, advertirá con claridad que al INE no le correspondió regular las campañas que las distintas planillas y fracciones partidarias realizaron para la obtención del voto de sus afiliados. Ahora bien, de acuerdo con el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Nacional Electoral es una autoridad de carácter administrativo, por lo que no cuenta con las atribuciones para el ejercicio de la acción penal en contra de quienes, presuntamente, cometen ilícitos; o bien, determinar e investigar la probable comisión de un delito, sea cual sea su índole. Por los datos anteriormente comentados, el INE ha calificado su participación en la elección interna del PRD como un éxito. No obstante, se entiende que algunos pudieran no estar de acuerdo con esta afirmación; pero en modo alguno, nadie que se apegue a la realidad y atienda los resultados expuestos puede calificar este ejercicio como un fracaso para el INE. Por último, es preciso señalar que con este proceso electivo no sólo se aportó a la vida institucional del PRD, sino también a preservar el fortalecimiento del régimen de los partidos políticos del país; siendo este último, uno de los fines que la Ley le confiere al Instituto Nacional Electoral.   Instituto Nacional Electoral Junta local Ejecutiva en Baja California Coordinación Estatal de Comunicación Social


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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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